2) La cuestión
economía/cuentas/contratación.
- No debemos nunca realizar obras
sin los permisos correspondientes. Es lo correcto y no veo por qué tenemos que
estar timando ni trampeando. No estamos en situación de precariedad y si sale
muy caro y no se puede pues no se hace, ya que estas marrullerías subrepticias
con intencionalidades en las que lo de menos es ahorrar, lo único que nos
pueden aportar son problemas. A la vista ha estado.
- Contratación de servicios a una
empresa:
Averiguar
si está legalmente constituida
Si
está dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
Número
de registros empresarial
Código
de identificación fiscal
Sometida
al arbitraje de consumo
Seguro
de responsabilidad civil
Presupuesto
escrito y cerrado con la fecha de inicio y finalización de la obra en el que
conste la cantidad, la calidad, el precio de los materiales y el de la mano de
obra y los impuestos.
Obviamente no hay que contratar a
nadie que no presente estos requisitos y que tenga trabajadores en negro.
Es muy importante el seguro de
responsabilidad civil que cubrirá los daños extracontractuales que pudiera
causar, como por ejemplo daños a vecinos, etc.
Referente a esto último un vecino
ha contratado a los mismos que han realizado la piscina para hacer una
pequeña obra en su domicilio. El obrero
cortó azulejos con una radial en el rellano/pasillo del domicilio con la mala
fortuna que se le escaparon varios y cayeron sobre un coche que se encontraba
en el patio causándole daños. La empresa de este albañil se ha desentendido del
accidente con lo que la responsabilidad va a caer sobre el propietario del
apartamento, lo cual ya nos hace sospechar que puede que esta empresa no tenga ningún
seguro de responsabilidad civil.
Si una empresa no tiene este
seguro y si en vez de un coche o algo material se accidenta una persona o si el
obrero tiene un accidente laboral y no está legalizado o no tiene contrato, entonces
la responsabilidad civil y penal cae en la comunidad o en el propietario que le
haya contratado. Hoy en día las indemnizaciones en estos casos suelen ser millonarias.
- Los presupuestos deben de
pedirse a varias empresas y no tiene por que realizarlo el administrador o solo
una persona, sino que tienen que hacerlo varias, no solo de la comisión de propietarios
sino que puede hacerlo también cualquier vecino. Una vez conseguidos y
estudiados por toda la comisión de
propietarios se escogerá el que ofrezca mejor solvencia, garantías y condiciones económicas.
- Los pagos siempre se harán a
través de facturas, nunca con recibos.
- Los pagos se harán con cheques
o transferencias. Los cheques jamás
podrán ser al portador. Tendrán que ser nominales
y cruzados. Lo cual obliga al receptor del mismo a ingresarlo en su cuenta
con lo cual será difícil que vaya a dar comisiones si tiene que hacer frente a
Hacienda por lo cobrado.
- Las facturas una vez pagadas tendrán
que llevar incluidas la fotocopia
del cheque o el justificante de la transferencia con que se ha realizado el
pago.
Creo que con estas medidas y otras
más también preventivas, el riesgo de que nadie se puede apropiar de nuestro
dinero indebidamente disminuye sustancialmente y por lo tanto también las
sospechas y los rumores.
Una vez sabido que es lo que hay
que hacer es fácil ponerlo en práctica y para saber lo que hay que hacer lo
indicado es consultar con profesionales, con lo cual yo, aparte de contar con
el gabinete de abogados a los que recurro habitualmente, me he asociado a la
Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) que dispone de más de 100 abogados
en línea directa y con especialistas en
comunidades de propietarios.
Continuará …