Esto casi se me pasa, menos mal que a otros no.
En el libro Mayor de la
contabilidad de ACACIAS IV facilitado por la administración antes de la junta, página
4, en el apartado Imprevistos Gastos
Varios veo el asiento que a continuación reproduzco:
Se nos ha cargado el importe de
250 euros a los propietarios de la finca por la minuta del abogado que defendió
a la presidenta en funciones en el año 2012, por agresión física a una
propietaria del inmueble (yo). Esta señora fue denunciada a nivel personal y
fue enjuiciada y condenada apropiadamente.
Resulta que le tenemos que pagar
nosotros su letrado. Yo me pregunto ¿a santo de qué? Transgrede las leyes de
convivencia más elementales, es declarada culpable y resulta que nos tenemos
que hacer cargo de sus gastos?
Ya sabe el nuevo presidente en
funciones, puede Vds. agredir, insultar, apalear, maltratar, herir, rajar,
incendiar…. Lo que sea, da igual... la casa paga.
¡¡ VAYA PAR DE ___________ !!!, pueden Vds. rellenar el espacio con el adjetivo más a su gusto.
Sres. propietarios que me esten leyendo, la vida es
peligrosa, no solo por las personas que hacen lo que no deben, sino por los que
se sientan a verlas venir y no hacen nada. Aquí todos deben de ser muy ricos.