Enlaces nuestra Web

Edificio ACACIAS IV - BENIDORM (Alicante)
Blog de Beatriz Aramburu
269 apartamentos y locales - 200.000 euros presupuesto anual.

En el año 2012 Vocal y Gestor de cuentas
Periodista ciudadana 2.0
aramburuenator@gmail.com

VISITE LA WEB DEL EDIFICIO:
HISTORIA-PLANOS-DOCUMENTOS

VISITE MI OTRO BLOG:
CORRUPCION COMUNIDADES PROPIETARIOS

LEY PROPIEDAD HORIZONTAL - Actualizada Junio 2013


jueves, 26 de febrero de 2015

DEMANDA IMPUGNACIÓN JUNTA 2014 - II



Sigo con los asuntos de gravedad por los que he impugnado la junta según relato en la entrada anterior.

SEGUNDO   Tal como dispone el y el derecho que me otorga el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, el 23 de Diciembre 2013 solicité visita a la Administración para que pongan a mi disposición para consulta y me facilitasen copias de la documentación de las obras realizadas en el edificio, principalmente de la piscina.

Esta visita fue el resultado de que siendo yo vocal y censor de cuentas se me negó el acceso a la documentación correspondiente a planos, proyectos, etc. y principalmente a los documentos de pago, cheques y transferencias y a tener acceso visual a los asientos del banco de nuestra cuenta, etc.

El 12 de Febrero 2014 me presenté con Notaria, Secretario y Abogada en las oficinas de la administración.

ESTA VISITA NO FUE REFLEJADA EN EL ACTA DE LA JUNTA.

No fueron puestos a disposición la totalidad de los documentos solicitados y se negaron a facilitar copias.
Se mostraron, dos presupuestos para la realización de la obra que no fueron presentados en la Junta correspondiente para ser votados y no constaron en ningún acta.
Las copias de los cheques presentados no coincidían con el importe de la obra llevada a cabo, faltaban 15.832 euros (2.634.223 Pts). Ningún cheque estaba extendido a nombre de ninguna empresa, todos a nombre de personas físicas, de ventanilla y sin cruzar.
El coste de la obra se incrementó sustancialmente más de lo acordado en 10.000 euros +- (1.663.860 Pts) y no fue sometido este aumento a votación en ninguna junta.
No se presentaron planos, ni memoria de materiales, etc. El único plano que se presentó fue el del váter.
Tampoco los permisos que correspondían del ayuntamiento, solo para alicatar la piscina, no para reconstruirla y el permiso del váter (por mi denuncia).
No había presupuestos de todas las empresas que intervinieron en la obra.
No se facilitó el extracto de cuentas del 2013 alegando que todavía no estaba cerrado.

Todo esto y más detalles están descritos y reflejados en el acta notarial.


TERCERO - En las últimas juntas se vienen presentando más votos delegados que personas asistente a la junta, que presentan mayoritariamente las mismas personas, principalmente una de ellas, por este motivo solicité al Administrador mediante burofax de fecha 20 Marzo 2014 que incluyera en el orden del día el registro en la administración de las firmas de todos los propietarios para evitar votos fraudulentos. El administrador, no siendo quien, lo consideró improcedente.

Continuará: En el próximo post seguiré con los últimos puntos

domingo, 22 de febrero de 2015

DEMANDA IMPUGNACION JUNTA 2014 - I



 Con fecha 30 Enero 2015 presenté en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BENIDORM DEMANDA EN JUICIO DECLARATIVO EJERCITANDO ACCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DE PROPIETARIOS celebrada el día 8 de Abril de 2014 contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS del edificio Acacias IV, etc. etc. que habrá de seguirse en la persona de la actual presidenta Doña XXXXXXXXXXXXXXXX.

El 9 de Febrero de 2015 es ADMITIDA A TRÁMITE MI DEMANDA.

La baso principalmente en los puntos siguientes:

PRIMERO - En la junta mostré mi disconformidad en la reelección del mismo administrador votando en contra y presentando presupuestos de otras administraciones de prestigio, profesionales, con titulaciones oficiales, más baratas y con más prestaciones incluidas en el precio.
Los asistentes rechazaron mis propuestas y se ratificaron  en su reelección.

El artículo nº 8 de los Estatutos de nuestra Comunidad de Propietarios dice:

“El conjunto inmobiliario nombrará Administrador Colegiado de Fincas Urbana,  que se encargará de la Administración del mismo, y que podrá ser o no dueño o inquilino del piso, apartamento, locales, etc. Y llevará las cuentas de gastos e ingresos, rindiéndolas mismas a la Junta General de Condueños, en los plazos y forma que dicha Junta determine. Las Funciones serán las propias de todo Administrador de Fincas Urbanas.”

La Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 13.6 dice:

El cargo de Administrador y, en su caso, el del Secretario-Administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones.

Esta administración no tiene cualificación profesional suficiente ni ningún título de carácter oficial para ejercer de administradores de fincas. No figuran inscritos en el colegio de Administradores de Alicante y Valencia ni lo han estado nunca, según consta en el certificado del colegio oficial.


Por lo que su ratificación en el puesto, a mi juicio, fue absolutamente un acto contra ley y estatutos.

Los perjuicios de no tener un Administrador de Fincas ni cualificado, ni colegiado, son inmensos. A la vista está con lo que está pasando aquí.
El Colegio tiene suscrita una Póliza de Responsabilidad Civil que responde del riesgo en las actuaciones profesionales de sus colegiados. Asimismo tiene una Póliza de Seguro de Caución establecida por el Código Deontológico Europeo que garantiza la responsabilidad respecto a los fondos que maneja. El Colegio ejerce de mediador en los problemas que puedan surgir, etc. etc. Con lo cual los propietarios se encuentran respaldados por una Corporación de Derecho Público.

Aquí no estamos respaldados en nada. Cuando empezaron los problemas recurrí al  Colegio Oficial para solicitar mediación. Me contestaron que lo sentían mucho pero estas personas no estaban colegiadas y no me podían ayudar. Me recomendaron buscar un abogado y hacer las reclamaciones por vía judicial. Y en esas estoy. 


Continuará: En el próximo post seguiré con los puntos
 

miércoles, 18 de febrero de 2015

LA CAMARILLA




En respuesta a mi circular con los puntos de la Orden del Día para la próxima junta los componentes de la ilustre camarilla han tenido a bien dejarme notas en el buzón de correos apoyándome y como saludo cordial me han dejado su autógrafo que les define estupendamente.

Es una rúbrica que ni pintada les caracteriza. De un golpe de vista se sabe la cultura y la educación tan refinada que tienen. Lo que se ve es lo que hay dentro de sus cabezas. Importante contenido. Mi enhorabuena.

Gran ejemplo para las generaciones futuras e incentivo para los que quieran venir a vivir a este edificio de gran prestigio y con esta selecta compañía.

domingo, 15 de febrero de 2015

MIS PUNTOS A INCLUIR EN EL ORDEN DEL DÍA



Por dos años consecutivos 2013 y 2014, envié por burofax los puntos a incluir en el Orden del Día de las juntas correspondientes.  Presidencia y administración se negaron incluirlos con argumentos arteros, faltando a la ley y conculcando mis derechos.
 

Con fecha cuatro de Febrero 2015 y a través de notificación notarial hago llegar a la presidenta de la comunidad y al administrador de la finca mis puntos a incluir en el Orden del Dia en la próxima junta de propietarios.



Puntos a incluir en el Orden del Día de la próxima junta ordinaria de propietarios.

En su condición de presidenta de esta Comunidad de Propietarios de Acacias IV agradeceré que con el derecho que me otorga el artículo Art. 16.2. 2º párrafo, de la Ley de Propiedad Horizontal le adjunto los puntos que incluirá Vd. en mi nombre en el Orden del Día de la próxima junta del presente año 2015:
  1. Celebración de las juntas en los meses de Julio o Agosto que es cuando hay un mayor número de propietarios en el edificio.
  2. Celebración de las juntas en nuestro edificio ya que tenemos espacios suficientes adecuados para poder utilizarlos, con lo cual la asistencia sería mayor por la comodidad de no tener que trasladarse y la garantía de seguridad que da estar en nuestro propio terreno y no en el ajeno.
  3. Grabación en video de las juntas para evitación de errores e inexactitudes flagrantes en las actas como viene ocurriendo hasta ahora.
  4. Todos los miembros propietarios de la comunidad deben tener acceso, modo lectura, a todos los movimientos y asientos de las cuentas bancarias directamente del banco.
    • La administración deberá disponer en formato CD toda la documentación escaneada sobre: relación de gastos del ejercicio, con expresión de fechas, forma de pago, conceptos, importes, facturas, cheques, transferencias, etc. puesta al día. Facilitará copia de forma inmediata a cualquier propietario en el momento que lo requiera.
    • El administrador custodiará estos CD de los últimos 5 ejercicios y los facilitará igualmente a cualquier propietario de la comunidad de forma inmediata cuando se lo soliciten.
    • Custodiará la administración igualmente otro CD con información escaneada de todos los contratos suscritos con proveedores por parte de la comunidad. Deberá ser actualizado en cada cambio que se produzca. Estos cuatro puntos anteriores se facilitarán a través de CD, memoria USB o por Internet y siempre en tiempo real y actualizado.
  1. Los votos delegados deberán ir acompañados de fotocopia del DNI – En la administración debe constar un registro de las firmas de todos los propietarios - Los votos deben de mostrarse en las juntas para quien quiera revisarlos.
  2. Imprescindible la figura del vocal Censor de Cuentas con conocimientos suficientes para controlar la gestión. Sin firma en el banco.
Se trata de respetar leyes y estatutos y de cambiar la concepción de que el propietario no es nada en esta comunidad, solo el que paga pero no decide y que esta va a estar mucho mejor gestionada y con mejor convivencia si todos tomamos consciencia y exigimos nuestros derechos individuales, lo que sirve para conformar  un colectivo comunal sin desconfianzas abierto y sociable.
Le agradeceré igualmente Sra. Presidenta lo siguiente:

En el año 2014 el administrador en su nombre propio y no en el suyo que como presidenta correspondía, me envió un requerimiento notarial en respuesta al mío y al que mi letrado en mi nombre respondió haciéndole cinco preguntas, a las que Vd. no se dignó contestar. En esta junta agradeceré responda a estas cinco preguntas. En caso de no atender mi solicitud tomaré las medidas legales correspondientes.
 



Estas preguntas jamás fueron contestadas. Por las preguntas de mi letrado está claro lo que decía el administrador en  respuesta a mi requerimiento notarial: 1) Que los propietarios tenemos que pedirle permiso para acceder a los elementos comunes de nuestra propiedad 2) Descalificarme llamándome persona de mala fe 3) Dice tener certificado del buen funcionamiento de las bombas de agua pero no lo muestra 4) Que hay un acuerdo de la comunidad para poner contenedores en el patio/plaza trasero del edificio, lo cual es absolutamente mentira, puesto que es algo que va contra ley y no puede ser votado, siendo además la finalidad no pedir permiso al ayuntamiento, no presentar proyecto ni pagar  tasas, etc. o sea robar, o sea corrupción. El ayuntamiento somos todos. 5) Impide a mi arquitecto entrar en el cuarto de bombas de agua a tomar nota del número y medir el ruido que produce el motor roto cuando está en funcionamiento.




sábado, 7 de febrero de 2015

MENTIR POR OMISIÓN



Mentir por omisión: Una mentira por omisión es un intento deliberado de engañar omitiendo partes de la verdad. Las mentiras de omisión son especialmente graves porque dan a la gente impresiones falsas e intentan influenciar conductas omitiendo detalles importantes.

Como ya dije la expresidenta perpetua presentó en el juicio como prueba el informe de su psiquiatra diciendo que yo lo había publicado en Internet, obviamente completo y con su nombre y apellidos. Como no tenía ninguna prueba salió por peteneras diciendo que luego yo lo había quitado. MIENTE.

Ahora voy a comentar este fragmento donde esta claro que ha mentido por omisión, por un lado a la psiquiatra y flagrante y manifiestamente al juez por el otro.



Dice tener problemas con una vecina. Jamás he tenido ninguna relación vecinal con esta persona ni la conozco de nada. La relación ha estado vinculada  a la gestión del edificio, por lo tanto comunal y por estar las dos en la comisión de la junta en el 2012.

En mi blog jamás ha aparecido su nombre ni ningún insulto hacia nadie. El altercado consistió que me agredió en la oficina del administrador debido a una carta recibida del ayuntamiento por haber obrado sin permiso y esto está claro no lo ha contado a la psiquiatra, ni tampoco que ella era la presidenta de la comunidad en ese momento. Tampoco le dice que vino el Samu en ese momento porque debido a su agresión perdió allí los papeles y no posteriormente en su casa, o vete a saber cuando o donde, como da a entender. Claramente omite las circunstancias reales. Sugiere que se están publicando asuntos personales y desacreditándola en este blog. MIENTE, aquí se relatan los hechos. Punto.

Dice presentar rumiaciones constantes, inquietud, desesperanza, impotencia, etc. etc. lo cual no le impide seguir presentándose en la juntas con tal cantidad de votos delegados que la que sigue mandando aquí desde hace años es ella, aferrada al poder con uñas y dientes. ¿Cómo se puede con ese estado de ánimo que se dice padece? ¿Cómo no está en su casa descansando?


El incidente de su agresión fue en Julio 2012. El informe de su psiquiatra el Marzo 2013. ¡Casi un año de diferencia! ¿Hubo que cambiarle la medicación un año después? ¡Venga ya!
 

Mis referencias son comunales y no personales, las personas que tienen cargos se tienen que responsabilizar ante la comunidad y los comuneros tienen derecho a estar informados.

Me agredió y la denuncié. Fue juzgada y condenada. Posteriormente pasó la minuta de su abogado a la comunidad.

Se refleja en el escrito que ha sido operada de neo de mama, no dice le hayan hecho una mastectomía como va pregonando por todos los lados en el intento de presentarme como una mala persona que no considero sus enfermedades siendo además psicóloga. Como si soy bombero. Aquí se trata de propiedades y de dinero, los asuntos personales cada uno los guarde en su casa. Nadie los comentaría si no estuviese pregonándolos por todos los lados utilizándolos como banderas y armas. Yo jamás habría tenido acceso ni conocimiento de ninguno de sus problemas si no los hubiese metido ella en una denuncia.

Voy a esperar la sentencia de la Audiencia Provincial y sea cual fuere, favorable a desfavorable, sin la menor duda voy a ir a hablar con el juez y con la psiquiatra de esta mujer que sé, fehacientemente, que le tiene absolutamente prohibido andar mezclada en ningún tema de la comunidad.

Por cierto, con fecha 30 de enero 2015 he demandado a la comunidad ejercitando acción de impugnación de los acuerdos de la junta 2014. Próximamente lo detallaré.

Con esta ya van dos juntas impugnadas. Cada vez que en esta comunidad no se respeten la ley de la propiedad horizontal, los estatutos y por lo tanto los derechos de los propietarios acudiré a los juzgados, ya que no puedo pedir al Colegio Oficial de Administradores mediación, por no estar las personas que nos administran colegiados ni ser administradores de fincas titulados.