Sigo con los asuntos de gravedad
por los que he impugnado la junta según relato en la entrada anterior.
SEGUNDO – Tal como dispone
el y el derecho que me otorga el artículo
20 de la Ley de Propiedad Horizontal, el 23 de Diciembre 2013 solicité
visita a la Administración para que pongan a mi disposición para consulta y me facilitasen
copias de la documentación de las obras realizadas en el edificio,
principalmente de la piscina.
Esta visita fue el resultado de
que siendo yo vocal y censor de cuentas se me negó el acceso a la documentación
correspondiente a planos, proyectos, etc. y principalmente a los documentos de
pago, cheques y transferencias y a tener acceso visual a los asientos del banco
de nuestra cuenta, etc.
El 12 de Febrero 2014 me presenté con
Notaria, Secretario y Abogada en las oficinas de la administración.
ESTA VISITA NO FUE REFLEJADA EN EL ACTA DE LA JUNTA.
No fueron puestos a disposición
la totalidad de los documentos solicitados y se negaron a facilitar copias.
Se mostraron, dos presupuestos
para la realización de la obra que no fueron presentados en la Junta
correspondiente para ser votados y no constaron en ningún acta.
Las copias de los cheques presentados no coincidían con el importe de la
obra llevada a cabo, faltaban 15.832 euros (2.634.223 Pts). Ningún cheque
estaba extendido a nombre de ninguna empresa, todos a nombre de personas físicas,
de ventanilla y sin cruzar.
El coste de la obra se incrementó
sustancialmente más de lo acordado en 10.000 euros +- (1.663.860 Pts) y no fue
sometido este aumento a votación en ninguna junta.
No se presentaron planos, ni
memoria de materiales, etc. El único plano que se presentó fue el del váter.
Tampoco los permisos que
correspondían del ayuntamiento, solo para alicatar la piscina, no para
reconstruirla y el permiso del váter (por mi denuncia).
No había presupuestos de todas
las empresas que intervinieron en la obra.
No se facilitó el extracto de
cuentas del 2013 alegando que todavía no estaba cerrado.
Todo esto y más detalles están descritos
y reflejados en el acta notarial.
TERCERO - En las últimas juntas
se vienen presentando más votos delegados que personas asistente a la junta,
que presentan mayoritariamente las mismas personas, principalmente una de
ellas, por este motivo solicité al Administrador mediante burofax de fecha 20
Marzo 2014 que incluyera en el orden del día el registro en la administración
de las firmas de todos los propietarios para evitar votos fraudulentos. El
administrador, no siendo quien, lo consideró improcedente.
Continuará: En el próximo post seguiré con los últimos puntos
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