Con fecha de
ayer envié burofax con certificación de texto y acuse de recibo solicitando que
todas las comunicaciones importantes como actas, convocatorias y cualquier otra
notificación relevante me la remitan a mi domicilio por correo certificado.
Esto es a raíz
de haber recibido la convocatoria para la junta anual buzoneada y sin fecha. Me
refiero a la fecha de cuando fue enviada/redactada la convocatoria, no a la
celebración de la junta. Tampoco he recibido las cuentas anuales, ni presupuestos.
Como ya he
dicho en otra entrada, la fecha de la celebración de la junta fue fijada en mi
opinión con absoluto oscurantismo y nos llegó por sorpresa. Nosotros no tuvimos
ninguna opción sobre ella, ni sobre el sitio donde la íbamos a celebrar.
Inadecuadas las dos cosas. El uno de Julio por la mañana falta mucha gente por
llegar, ya que muchos vienen de fuera e iban a estar aquí por la tarde, no por
la mañana. ¿No se sabía o se buscaba poca asistencia? Sobre el sitio, se venía
hablando desde hace tiempo de no celebrar reuniones en los locales de los
administradores, por razones obvias, pues no, ha sido en el local del
administrador.
Igualmente
con la convocatoria nos llegó casi un mes antes con el Orden del Día ya
establecido, sin habernos consultado nada y además me consta que varios
propietarios enviaron escritos, emails y yo burofax con certificación de texto
con los puntos que queríamos se incluyesen por nuestra parte, ya que faltaban
casi cuatro semanas para la celebración, así que se cumplía el plazo previsto
para poder incluirse en la junta convocada, que tiene que ser antes de 6 días
sobre la fecha fijada. No recibí ninguna contestación de la presidenta, SILENCIO
ABSOLUTO. El director de la empresa donde está nuestra administradora, que es
su hija, me contestó por email que incluirían alguno en Ruegos y Preguntas.
¿Con qué legalidad?
Aquí está lo
que contesté:
Esto es una
agresión a la ley y a nuestros derechos. Si se dirige la petición al Presidente
y éste no incluye el asunto en el orden del día, el propietario podrá, o bien
convocar la junta extraordinaria conforme al artículo 16.1, o bien impetrar el
auxilio judicial para que no quede frustrado su derecho, es decir, el derecho
de "cualquier propietario".
Llevo desde
el 2012 luchando contra las marrullerías, los triles, las trampas, el acoso,
las martingalas, delirios autoritarios de gentucilla incompetente de
intenciones encubiertas y sospechosas, engaña tarugos y camela analfaburros y no
hay manera de que esto cambie, puesto que últimamente todo lo que viene
sucediendo presuntamente es producto de una incompetencia flagrante y absoluta por
personas que por su falta de acción, conocimientos y determinación, falta de
valentía u otros intereses, a dado lugar a un chandrío que no tiene palabras y
encima consiguen apoyos y persisten en su permanencia autonombrándose. Esto es
para hartar a un muerto.
Si te pisan
tus derechos TE ESTÁN ROBANDO. A santo de qué consentiremos que venga ningún
pelandrusco/a a mangonear nuestro dinero y nuestra propiedad por sus c________s.
Sería sano convocar
junta extraordinaria y elegir toda la comisión por sorteo y por supuesto con
una administración competente y de prestigio, que las hay, y contratarla por votación,
como marca la ley.
Con
camarillas y divisiones nunca lo conseguiremos.