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sábado, 29 de julio de 2017

MI DISCREPANCIA JUNTA GENERAL ORDINARIA 1 JULIO 2017 - ACACIAS IV

Enviado por burofax, con texto certificado y acuse de recibo.




Aqui pongo la transcripción del burofax para que los copropietarios extranjeros puedan tener facilidad para traducirlo a su idioma.



Asunto: Comunicación de mi discrepancia con la junta la Junta General Ordinaria del edificio Acacias IV, de la calle Mirador nº 5 de la ciudad de Benidorm y celebrada el día 1 de Julio 2017.
Muy Sres. mios:

Mediante el presente escrito, en tanto que propietaria de la Comunidad me manifiesto, dentro del plazo de 30 días naturales establecido por el artículo 17.8 de la vigente Ley de la Propiedad Horizontal y vengo a manifestar mi discrepancia con acuerdos adoptados en la citada Junta:
Por tanto, solicito mediante esta contestación que se compute mi voto como contrario o desfavorable a la adopción de los mencionados acuerdos que a continuación señalo y que han sido adoptados por esta Junta General Ordinaria..

Asimismo, me reservo el derecho de impugnar judicialmente dichos acuerdos en el plazo que marca la ley, salvo que con anterioridad al ejercicio de esta acción judicial sea notificada de la anulación de los mismos.

Comunico igualmente que la celebración de dicha junta se realizó sin haber admitido mis puntos del Orden del Día y los de otros propietarios y que la Convocatoria a la junta la recibimos sin fecha de emisión. Les recuerdo que nuestros puntos fueron enviados tres semanas antes de la fecha de la junta y que hay obligación de incluirlos siempre que se reciban antes de una semana de la fecha de celebración. El no haber sido así se ha conculcados nuestros derechos como propietarios y hace dudosa la legalidad de esta junta, por lo que considero hay motivos suficientes para impugnarla.

1 – PROPUESTA Y ELECCION DE COMISIÓN DELEGADA.

Es evidente y notorio, tal como se refleja en el audio de la junta, que no se celebró absolutamente ninguna votación y que la presidenta se autonombró presidenta por otra anualidad/convocatoria, con una excusa totalmente falsa. Dice el acta que se han clarificado bastantes dudas en una sentencia en firme favorable a la comunidad. ¿Qué dudas? Ni aclara ni especifica de qué dudas se trata. NO EXISTE NINGUNA SENTENCIA QUE HAYA CLARIFICADO NINGUNA DUDA. La única sentencia que existe es la que condena al exadministrador a entregar la documentación y a indemnizar a la presidenta por insultos. En ningún momento esta sentencia la ratifica a ella como presidenta ni deja de hacerlo, como ha pretendido hacer creer para justificar su falta de actuación y su presunta dejación de funciones NADIE LE HA IMPEDIDO HACER SU LABOR a no ser sus posibles intereses personales o su presunta negligencia. Resumiendo: se apoya en la falacia de que no se le ha dejado ejercer de presidenta y se atribuye el derecho de seguir en el cargo como compensación. Disparate absurdo.

Nombra a dedo dos vicepresidentes y al administrador, este último también sin ninguna votación. Igualmente y sorprendentemente nombra vocales que algunos ni tan siquiera estaban asistiendo a la junta. Por unanimidad dice el acta, cuando en el audio se oye claramente a personas protestando en desacuerdo por no someter absolutamente nada a votación. 

2 – OTORGAMIENTO DE PODERES A LA PRESIDENTA PARA RECLAMACIONES JUDICIALES.

Esto lo considero un grave error y ningún presidente/a puede tener ni otorgar ningún poder antes de ser aprobados por la comunidad los asuntos que se vayan a denunciar. Dice el acta: se autoriza por unanimidad otorgar poderes en representación de la Comunidad de Propietarios. Autoriza también por unanimidad a la presidenta a demandar a las personas o identidades que actúen contra los intereses de la Comunidad de Propietarios.

Esto a mi juicio es otro farfullo ambiguo y un verdadero disparate. ¿Qué quiere decir los intereses de la comunidad? Será en todo caso contra los inquilinos y los propietarios que transgredan la Ley de Propiedad Horizontal o los Estatutos. O es que vamos a terminar diciendo:”La comunidad soy yo” siguiendo el tópico político de Luis XIV y denuncio a quien quiero y porque me da la gana.
Esto a mi juicio es un desatino peligroso y de graves dimensiones.

3 – INFORME DE GESTION Y AHORRO DE BANCOS, ASCENSORES Y SEGURO DE LA FINCA.

En este apartado en algunos párrafos no se entiende bien qué es lo que se quiere decir. 

En el primer párrafo se señala que tras haber sido cesada la anterior administración se eligió a Ser-Co.  FALSO, lo puso ella a dedo y sin votación, ni hubo la presentación de mínimo tres administradores a seleccionar como marca la ley. Sí que es verdad que equivocadamente yo lo apoyé. Ni aquella vez, ni ésta, ha sido elegido por votación. Y quiere recalcar que en el año 2014 este Sr. se presentó en mi domicilio para ofrecer sus servicios a la comunidad de parte de la “abogada” xxxxxxxxx xxxxxxxx (Esta mujer presuntamente no tiene ninguna licenciatura). Aquí se equivocó al dirigirse mí y ya le aclaré que yo no tenía ningún poder aquí, al revés. Y ahora vemos que esto está siendo la crónica de una historia anunciada.

En este apartado no figura relación de las empresas que nos suministraban servicios ni de las que lo están haciéndolo ahora. Tenemos derecho a saber quiénes son. Nosotros somos quienes les pagamos.
Penúltimo párrafo no se entiende nada.

Último párrafo transcriben la ley de los puntos del orden del día, diciendo que los propietarios tienen derecho, etc. etc. en la próxima junta a ser incluidos los asuntos que deseen. Menos en ésta que han decidido que fueran para la próxima de la próxima. Dado que yo pedía AUDITORIA, DEJACIÓN FUNCIONES PRESIDENTA y CÁMARA DE VIGILANCIA, me parece un poco difícil tengan estos asuntos importancia para dentro de un año. Espero que para entonces se haya podido normalizar esta comunidad de una vez por todas y hayan desaparecido los personajes que verdaderamente perjudican a la comunidad

Firmando esta manifestación contraria a los citados acuerdos y en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento para que surta todos sus efectos legales, les saluda,

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Quiero señalar que los acuerdos de la Junta se tienen que reflejar en el Libro de Actas diligenciado por el Registrador de la Propiedad, todas las hojas tienen que estar selladas y numeradas con caracteres indelebles y una vez redactada el acta en él, todas las hojas tendrán que estar también firmadas por el presidente de la comunidad.

El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9 LPH.

LO QUE NOS HAN ENVIADO NO ES COPIA FIDEDIGNA DEL LIBRO DE ACTAS ya que las hojas ni están selladas ni numeradas y solo firmada la última. Son fotocopias de lo que sea, pero no del acta y se han podido añadir u omitir asuntos o párrafos que no estén reflejados en el Libro de Actas, ya que lo que nos han enviado no tiene ninguna garantía de veracidad y por lo tanto podría estar manipulado. Esto ya lo denuncié  con las presidentas y el administrador anterior que hicieron lo mismo durante años y aquí, visto lo visto, es evidente que seguimos con la misma práctica de pisar la ley y los derechos de los propietarios
¿¡Hasta cuándo vamos a seguir consintiéndolo!?