Por dos años consecutivos,
administración y presidencia, se han negado con argumentos totalmente falaces y
contra la LPH Ley Propiedad Horizontal, a incluir mis puntos en el Orden del
Día.
Los argumentos fueron que ellos
consideraban que no eran importantes por un lado y por el otro que eso ya se
iba a hablar esos asuntos en la junta así que no hacía falta incluirlos.
Ni presidente ni administrador
son nadie para negarse a incluir en los puntos del día lo que un propietario
considere pertinente.
Aquí queda claro que faltaron a la ley flagrantemente
Art. 16.2. 2º párrafo, de la Ley de Propiedad
Horizontal:
“Cualquier propietario podrá
pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de
interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique
claramente los asuntos que pide sean tratados, al presidente, el cual los
incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.”
En la ley, el que decide y
considera si el tema es de interés para la comunidad es EL PROPIETARIO, no el
presidente, por supuesto el administrador no es quien, ni de lejos, para
decidir nada, y el presidente lo tiene que incluir en el orden del día, le
guste o le deje de gustar.
Repito: es el PROPIETARIO
el que considera y decide lo que quiere incluir en el orden del día, si a su
juicio lo estima de interés para la comunidad. Luego en la junta los
propietarios decidirán lo que sea pertinente.
Repito otra vez: No es el PRESIDENTE el que tiene que decidir lo que es
de interés o no para la comunidad, es el PROPIETARIO.
El PRESIDENTE LO TIENE QUE INCLUIR EN EL ORDEN DEL DÍA Y PUNTO.
No se puede consentir que
no se nos respeten nuestros derechos y que se nos trate como si para lo único
que estamos aquí es para pagar y luego no saber donde va a parar nuestro dinero
y acatar todo lo que nos echen.
Y esto viene sucediendo
desde hace muchos años. A ver si en este 2015 conseguimos poner orden.