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269 apartamentos y locales - 200.000 euros presupuesto anual.

En el año 2012 Vocal y Gestor de cuentas
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LEY PROPIEDAD HORIZONTAL - Actualizada Junio 2013


domingo, 31 de julio de 2016

JUNTA EXTRAORDINARIA – MAYO 2016 - III




Como dije anteriormente el acta la recibimos un mes después de haberse celebrado la junta extraordinaria. Desconozco el motivo.
 
LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE ACTAS

Las comunidades de propietarios deben contar con un libro de actas que reflejen los acuerdos e incidencias de las Juntas de Propietarios del edificio, y que deben ser legalizados ante el registro. Si se trata del primer libro, debe presentarse en el Registro de la Propiedad del lugar donde se halle el inmueble, junto con una instancia del Presidente de la Comunidad, con la firma legitimada ante notario o ante el propio registrador, donde se solicite su legalización.

El Registro tramitará el libro de actas, pondrá nota en el mismo de los datos de la legalización y dejará constancia de ello al margen del asiento donde figura inscrito el edificio al que corresponde dicha comunidad de propietarios.



El libro de actas debe estar debidamente foliado en número y letra en la parte superior derecha y sellado a la izquierda, con caracteres indelebles.
El libro podrá ser de hojas móviles.

Foliado quiere decir que las hojas tienen que ir numeradas una por una, o sea TODAS. Indeleble quiere decir que no se puedan borrar ni modificar.

¿Motivo? El obvio, evitar cambiar el contenido, quitar o añadir páginas, que no haya trampas, enredos, maniobras, maquinaciones, etc.

El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción.

1. Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un  libro de actas diligenciado por el Registrador de la Propiedad en la forma que  reglamentariamente se disponga.

ACTA DE LAS JUNTAS (ARTÍCULO 19 LEY PROPIEDAD HORIZONTAL)

2. El acta de cada reunión de la Junta de propietarios deberá expresar, al menos, las siguientes circunstancias:
  1. La fecha y el lugar de celebración.
  2. El autor de la convocatoria y, en su caso, los propietarios que la hubiesen promovido.
  3. Su carácter ordinario o extraordinario y la indicación sobre su celebración en primera o segunda convocatoria.
  4. Relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios representados, con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación.
  5. El orden del día de la reunión.
  6. Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que, respectivamente, representen.
3. El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
 


EJEMPLO DE ACTA DE OTRA PROPIEDAD FACILITADA POR UN COMUNERO. 

Está ajustada absolutamente a lo correcto.  Vemos el número de la página, el sello del Registro, la hoja timbrada, etc. 
Ahora la nuestra:



Me consta que tenemos libro de actas en el Registro de la Propiedad pero hagamos un análisis comparativo con lo anterior: Ni hojas numeradas, ni sellos, ni timbres. Nada.

¿Es esto la copia exacta de un libro de actas?
 No parece.

Repito: El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción.

Copia exacta del original, no unas fotocopias de a saber qué.

Mucho trabajo, mucho esfuerzo, muchos obstáculos a vencer Sra. Presidenta  Doña Reyes Nogueiras. Sabemos que esto no se puede arreglar en cuatro días porque está torcido desde hace muchos años y cada día salen nuevas cosas,  pero pese a la mala disposición y al boicot de algunos, está Vd. sentando las bases de lo que debe ser una comunidad de propietarios respetuosa con la LPH, estatutos y normas urbanísticas, para que nuestro edificio tenga prestigio en esta ciudad y no el que tiene ahora y no se nos vaya el dinero por agujeros de fondo desconocido, sino que sirva para mejorar, adecentar, modernizar y revalorizar nuestra propiedad.


 

lunes, 18 de julio de 2016

JUNTA EXTRAORDINARIA – MAYO 2016 - III



No olvidar que tengo el audio de la Junta.

Recibo una llamada telefónica de Madrid de un propietario que lee mi blog que me pide por favor le mande al audio de la Junta Extraordinaria celebrada el 26 Mayo 2016.

Se lo envío por email vía Mega y posteriormente me responde que hay una persona que figura en el acta como asistente a la reunión, pero que le consta fehacientemente que no estuvo en ella y que para más inri el voto lo delegó en otro propietario.
Dice que en el audio se oye perfectamente cómo se menciona que delegaba y el nombre de la persona que llevaba su voto.
Lo reflejado en el acta por tanto es falso.

Otro error más, entre otros muchos. Como ejemplo en no haber incluido nada menos que cinco de mis asuntos a tratar en el orden del día en la Junta Ordinaria.

Otro más:
No se ha reflejado en acta que yo llevaba un escrito de un propietario británico que me había mandado por internet y al que yo estaba representando en la junta y quería fuese leído en Ruegos y Preguntas. El que nos administra me lo impidió diciendo que no procedía por no sé qué razones y con no sé qué derecho. Uno de tantos de los que se atribuye él sin fundamento, motivo ni razón.
Obviamente he enviado a este propietario el audio de la junta donde rotundamente se oye la negativa a ser leído su comunicación y que proceda como él considere.

Apartado 5º - a
Mi punto sobre la celebración de la junta en julio o agosto.
Dice el acta:
… los asistentes acuerdan por mayoría de votos y coeficientes ratificar el acuerdo de asamblea del año 2014 etc…
o sea el día antes de San José cuando todavía no ha llegado nadie.

Esto es falso, se acordó celebrarlo en Semana Santa.

Apartado 5º - b
Mi punto sobre el acceso a las cuentas.
Dice el acta que yo he dicho que tenemos que tener acceso a todos los movimientos y asientos de nuestra cuenta bancaria directamente del banco, etc.

Cuando leyó el que administra ese punto le rectifiqué que no era directamente del banco lo que yo decía, sino del extracto del banco.

Ni caso, en el acta ha puesto lo que le ha dado la gana, hasta tal punto que todo lo que refleja el acta en el punto b ES MENTIRA. Ese punto ni tan siquiera se debatió porque la presidenta con muy buen criterio dijo que no había ningún problema, que todos los propietarios podían revisar las cuentas cuando quisiesen.

Vuelvo a repetir, todo el punto b es MEN-TI-RA, repito, porque no se debatió y absolutamente nada de lo que está descrito se dijo. Es todo inventado.

Por si fuera poco dice que según la ley el acceso a la documentación perteneciente a la comunidad deberá ser mostrada el día de la asamblea, etc. y sigue diciendo … aunque es costumbre de la administración que cualquier comunero pueda acceder a cualquier documento… etc.
O sea que solo podemos ver/revisar la documentación de un edificio con 269 propiedades, con miles de euros de presupuesto, el día de la junta ¿? Aunque por concesión magnánima nos la permiten ver antes ¿? ¿Quién? ¿El que pagamos por llevar las cuentas?

Esta afirmación reflejada en acta es absolutamente denunciable.
Demasiado interés en lo que para mí es poner obstáculos al acceso y a la claridad en las cuentas.

Otra pifia.
En el punto sobre la Instalación de la Puerta, yo di el voto a favor de uno de mis representados y el voto en contra del otro representado. Como vi que cuando se lo decía el que administra no me entendía se lo repetí tres veces. Pues en el acta consta que el voto de los dos era en contra.

Hay más errores pero necesitaría dedicación completa para analizar tanto  equívoco.

Mi punto c y el d fueron aprobados, ahora habrá que ver si se cumplen, porque está ocurriendo lo esperado, que aquí manda el que manda mientras le dejen.

En lo próximo que publicaré explicaré si eso que nos envían como copia del acta, si es acta, o si es copia o a ver que es. Solo va firmada la última hoja, lo demás ni firmado, ni sellado, ni numerado, ni nada de nada. Fotocopias puras y duras de lo que sea.


domingo, 10 de julio de 2016

JUNTA EXTRAORDINARIA – MAYO 2016 - II



Analicemos.
Primero los votos.
Como siempre una vergüenza.

A partir del 2015 le ha entrado aparentemente al que nos administra el apuro por recopilar votos y ese año se presentó en la junta con nada menos que con 16 votos. Anteriormente llevaba uno o dos como mucho.

A partir de entonces ha llevado todos los que ha podido. Si a esos suyos añadimos los de sus adláteres ya vemos quien barre en esta comunidad.

Que el que administra lleve votos puede que esté permitido por ley pero a mi personalmente me parece una indecencia y salirse fuera de su cometido y obligaciones. Aunque de esto último va a haber mucho de que hablar.

Repito: ¡ U-NA  IN-DE-CEN-CIA ¡

¿A que se debe ese afán e interés por recopilar votos?

Cada uno saque sus conclusiones.
Como no tiene estudios, no es administrador de fincas titulado y no está colegiado en el Colegio de Administradores de Fincas, desconozco cual su es código deontológico.

martes, 5 de julio de 2016

JUNTA EXTRAORDINARIA – MAYO 2016 - I



No he recibido el acta hasta un mes después de su celebración.
Motivo: desconocido.

Con fecha 23 Febrero 2016 envié a la administración 6 Puntos del Orden del día a incluir en la convocatoria de la Junta Ordinaria 2016.
Con fecha 29 Febrero añadí 1 más. Total 7 puntos.
De estos 7 incluyeron en la convocatoria solo 2 por lo tanto 5 de ellos no se debatieron en junta.

Como ya he dicho en otro post voté en contra de todo e iba a impugnar la junta.
Sorprendentemente el día 22 Marzo recibí un burofax de la administración comunicándome que por error no se habían incluido dentro de la Junta Ordinaria algunos puntos solicitados por mí, etc. Digo sorprendentemente porque esto me venía ocurriendo todos los años y era la primera vez que rectificaban. Luego ya vi que fue por intervención de la nueva presidenta.

Quiero aclarar que uno de mis Puntos que sí incluyeron en la junta Ordinaria fue la de grabarla en video en evitación de errores e inexactitudes. Lo rechazaron por votación, aunque el administrador venía grabando en audio las juntas in illo tempore sin pedir permiso a nadie. Ventajas de estar celebrando las juntas en el sotanillo infecto de su local con micrófonos en la pared, etc.

Es algo muy curioso que voten si aceptan las leyes o no, cuando es de todos sabido que puedes grabar las reuniones en las que participes sin ni tan siquiera pedir permiso y que puedes utilizar la grabación en el soporte que sea para la persecución de tus intereses legítimos. Otra cosa es publicarla. Desconocen que no se puede votar contra ley. Supongo es por la falta de conocimiento y por ignorancia que es lo más atrevido que puede haber. ¡Sres. que Vds. no pueden votar si aceptan una ley o no, o si admiten los derechos de las personas o no, que son de obligado cumplimiento y respeto para todos!

El caso es que grabé en audio toda la junta extraordinaria aunque pude haberlo hecho en video, o con un Dron o como se me hubiese ocurrido. Repito:

TENGO TODA LA JUNTA GRABADA EN AUDIO.

El propietario que quiera copia no tiene más que pedírmela.

A partir de ahí voy a ir comentando algunas de las falsedades y directamente mentiras que ha conseguido meter en el acta la mano oscura de siempre.

Tengo que apreciar y reconocer la labor de la nueva presidenta que llevó la junta con mucha profesionalidad, seriedad y orden, advirtiendo que no iba a admitir agresiones ni verbales ni físicas. A pesar de lo cual yo tuve dos faltas de respeto de índole verbal a gritos, una por el sujeto que me deja insultos y excrementos en el buzón y otra por dos individuos, por el acento oriundos del norte profundo, que protestaban chillando a voz en cuello como si les fuera la vida en ello, que uno de mis puntos del Orden del Día era el mismo todos los años, a los que contesté en su ancestral idioma materno que hicieran el favor de callarse.

Fue también de agradecer la ausencia del individuo amigo/socio/colega/camarada o lo que sea del administrador, que lleva tres años dirigiendo la junta y cobrándonos además una barbaridad por una presencia que nadie voto ni requirió, cantidad que luego no aparece justificada en ningún sitio, y con la sola misión de hacerme frente a mí y no dejarme hablar, aparte de otros atropellos. Presupongo que la nueva presidenta no lo consintió.