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sábado, 19 de julio de 2014

OTRO REQUERIMIENTO NOTARIAL A LA PRESIDENTA Y AL ADMINISTRADOR



El 13 de Junio de este año aviso al portero que al día siguiente voy a venir con arquitecto y abogado a medir el ruido que emite el motor averiado. Que hace, desde hace varios años, un ruido imposible de soportar. Lo de este motor lo he explicado ya varias veces.
La última aquí:


El día 15 a las 8, 35 de la mañana me llama a la puerta el portero y me dice que por orden del administrador no me va a permitir entrar en la sala de motores, ni en ningún otro recinto comunal que esté cerrado con llave.

Vivirlo para creerlo.  Un empleado mío, al que yo le pago el sueldo, manda a otro empleado mío, que no me deje entrar, salir, circular por mi propiedad como, donde y cuando me venga bien.

Primer pensamiento: Llamo a la policía y me abre la puerta inmediatamente.
Segunda idea: Llamo al abogado y consulto cual es el procedimiento más adecuado.

El abogado me pregunta si esa orden se la ha dado el administrador al portero por escrito.
Contesto que no.

Me dice si creo que el administrador admitirá haber dado esa orden.
Le digo que lo dudo mucho.

Entonces me explica que el transgresor sería el portero, con lo que caería toda la responsabilidad sobre el, puesto que eso es saltarse la ley flagrantemente y no viene a cuento perjudicarle, ya que él obedece bajo presión. Me indica que no haga nada por el momento, que tomaremos otras medidas.

Consecuentemente con fecha 1 de Julio mi notaria envía un Acta de Requerimiento Notarial a la presidenta de la comunidad y al administrador notificándoles primero que el 11 de Julio se les requirió mediante acta, la prohibición de dar permisos para la colocación de contendores en el patio trasero del edificio, la colocación del cartel y la nota en el tablón de anuncios del portal.

Segundo que se abstenga de dar órdenes al portero prohibiéndome el acceso a elementos comunes y que fijemos fecha y hora para la medición del ruido de la bomba de agua.

La notario da el plazo de dos días hábiles  para contestar este acta.

Hasta el día de hoy ni la menor respuesta.



Pueden incumplir todas las leyes que les de la gana, pisar los derechos de los propietarios, etc. etc. ahora bien, luego hay que ceñirse a las consecuencias. No pensarán que hemos llegado hasta aquí para seguir consintiendo este desastre de administración, de presidentes y de comisionados de junta.