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Edificio ACACIAS IV - BENIDORM (Alicante)
Blog de Beatriz Aramburu
269 apartamentos y locales - 200.000 euros presupuesto anual.

En el año 2012 Vocal y Gestor de cuentas
Periodista ciudadana 2.0
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LEY PROPIEDAD HORIZONTAL - Actualizada Junio 2013


sábado, 19 de septiembre de 2015

OTRA VEZ CONTENEDORES



El pasado jueves me encuentro con otro contenedor de obra en el patio entrada a mi domicilio. Patio comunal en el que por ley y estatutos está absolutamente prohibido que ningún propietario ni vecino pueda realizar ninguna actividad que cause molestia o perjuicio a los demás. Pues con un par. Un vecino del 9º plantó el contenedor ahí tan oreado. Teniendo un letrero, bien claro y de buen tamaño, colgado de mi ventana, que dice “prohibido colocar contenedores de obra en ese patio, etc.”

Subo a advertir al propietario y a pedirle que lo quite y primero su obrero y después él en persona me dice que tiene permiso del ayuntamiento para obrar y permiso de la mujer del administrador para poner el contenedor ahí aunque él no quiere molestar a nadie, etc. etc.

Le contesto que si no quiere molestar a nadie y tiene permiso de obra que ponga el contenedor en la calle que la tasa del ayuntamiento son solo cinco euros al día. Ni caso, el contenedor ha seguido ahí hasta el sábado a la mañana cuando ya ha terminado de echar todos sus escombros y porquería.

Es verdad que tiene permiso, pero solo para obrar en la cocina y en el baño y está haciendo obra en el apartamento entero ya que hasta ha tirado los tabiques.

No hace falta decir que para cuando hablé con el propietario ya había puesto yo la denuncia a raíz de decirme su obrero que le había dado permiso el portero, lo cual era absolutamente mentira. ¿Le ha dado permiso la mujer del administrador, tal como dice,  sin tener esta ninguna autoridad ni razón para saltarse ley, estatutos y derechos de los propietarios? 




Lo que pasa en este edificio es de antología.

Hemos tenido este verano, por decisión de la camarilla capitaneada por las dos perpetuas, acumuladoras masivas de votos en dedicación exclusiva, una persona para vigilar principalmente dos cosas.

-Que no aparque nadie en este patio.
-Prohibir la entrada en la piscina a personas ajenas y frenar a los niños para que no molesten con sus juegos, etc.

La persona que ha realizado esta tarea es un residente/propietario que no tiene ningún carnet, ni cursillo, ni acreditación, etc. Le han puesto una pegatina en la camisa diciendo “Guarda” y tira que te va. Ni dado de alta, ni contrato, ni nada. Aunque este hombre ha tenido que pasar por situaciones conflictivas y ha tenido disgustos y alguna lesión, no tan leve, por riñas y discusiones, gracias a Dios no ha pasado nada grave, porque de haber sido así nos habríamos metido en un buen lío.

Luego dicen que yo voy en contra de la comunidad por reclamar, entre otros asuntos, que las cosas se hagan como manda la ley.

Todo esto no lo he denunciado por una razón, esta persona necesitaba el dinero que iba a ganar.

Otro dato, me informan que se le ha prohibido a una vecina que pasee por este patio con su perrito porque si hace pis el patio iba a oler mal.

Les molestan los coches, les molestan los niños, les molestan los perritos, etc.  Paradójicamente un contenedor lleno de escombros y porquería, polvo, ruido y olores no molesta a nadie, solo a mi, lo cual a las personas que componen el aquelarre que padecemos les alegra muchísimo.

sábado, 12 de septiembre de 2015

JUNTA XI



En referencia a la obra de la piscina.

1:15:57-1:16:11
ABOGADO XXXXXXX
…que se exhiban unos documentos que ella pide a través de una notario. Se mantiene una reunión con ese notario y dice que no le han sido entregados… Bueno, en primer lugar…

1:16:11-1:16:54
ABOGADO XXXXXXX
En primer lugar la exhibición y que se le facilitara copia de una retahíla, creo que eran siete, ocho ó nueve documentos distintos, presupuestos, actas, facturas, copia del proyecto. Tenía que tener todo prácticamente relacionado con el ejercicio 2014, 13 perdón, y con la constitución del famoso aseo que es el que da lugar a los problemas vecinales que Vd. está pidiendo de una forma más directamente ya a título particular de otra. ¿De acuerdo? Bueno, se le dan todos, a excepción del cierre contable del año 2013.

1:16:54-1:16:54
ARAMBURU
¡Falso!

1:16:57-1:17:05
ABOGADO XXXXXXX
…consta en la propia acta notarial, consta en la propia acta notarial, la Sra. Laura (notaria)…

ABOGADO XXXXXXXX
…que se le entregan todos los documentos pedidos salvo el cierre contable del año 2013, las cuentas (¿?) que pedía por no estar cerrado.

MENTIRA No se dio lo pedido ni de lejos. Me presenté en la oficina de la administración con Notario, Secretario y Abogado y pedí se me presentase la documentación de las obras de la piscina. Punto.

Por medio de mi abogado y a través de burofax lo requerido fue lo siguiente.
  
Que proceda inmediatamente a  poner a disposición  de Doña Beatriz Aramburu de Pero- Sanz como propietaria la documentación requerida, y que se detalla a continuación, tal y como establece el Art. 20 de la LPH. 

-                          Acta  de la Junta de propietarios del edificio XXXXXXXX  que se celebro el día 14 de Febrero de 2012, en la que aprobó  la reforma de la piscina e instalaciones de depuradora y realización de un aseo.

-                          Copia del Presupuesto detallado de referencia que se presentó en esa Junta de Propietarios, punto 6 de la misma, donde se aprueba por unanimidad la realización de “la obra” sin aprobar un presupuesto concreto, pues se  indica que en caso de aprobar ” la obra” se solicitaran más presupuestos para su presentación y aprobación.

-                          Copia del Presupuesto detallado de la obra que definitivamente se realizó, todas las  empresa que intervinieron en la  ejecución de las obras tanto de reforma de la piscina, instalación  depuradora y realización de un aseo, caso de que se ejecutaran los trabajos por varias empresas distintas, con el coste económico de todo ello detallado por las partidas,

-                          Copia de los justificantes de pago realizadas por la comunidad de propietarios a las empresas encargadas de realizar todas las obras de referencia, reforma piscina, instalación depuradora, y realización aseo.

-                          Copia de los planos de la ubicación del aseo que se realizó, y/o  justificante de acuerdo tomado por la junta de propietarios de la ubicación del mismo.

-                          Copia del Proyecto Técnico de las obras de referencia.

-                          Copia de todas las licencias solicitadas al Ayuntamiento de Benidorm para la ejecución de las obras de referencia y justificante de pago de las mismas.

-                          Copia del extracto  de la cuenta de la comunidad de propietarios del año 2012 y 2013;  resumen de ingresos y gastos de la comunidad de propietarios de los mismos años.

Como usted, igualmente debe de saber, el administrador- secretario esta obligado a poner a disposición de todos los propietarios aquella documentación que le requieran, pues toda la documentación es de la comunidad, el administrador-secretario únicamente la custodia.

Si en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la recepción del presente requerimiento, no se procede enviar copias de la documentación fax o burofax  etc. etc.”

Se nos había advertido que las fotocopias las teníamos que pagar, lo que admitimos sin ningún problema, pero sorprendentemente al estar ya allí se nos comunicó que no nos iban a dar ninguna copia, que solo podíamos visualizar la documentación. Presuntamente y a mi juicio, una reacción de huída puesto que no se esperaban la presencia de la notaria.

Su abogado dijo que no entregarían ninguna copia sino era judicialmente. La notaria le explicó que era precisamente eso lo que estábamos haciendo, para eso estaba ella allí. Como siguió negándose le entregó un requerimiento notarial (no se si este será el término exacto) al que tenía que contestar en el plazo de X días por la negativa a dar copias.

Como es evidente no podían presentar ni la mitad de los documentos requeridos porque no existían, todo fue bla, bla, blas y evasivas falsas, decían esto fue así y fue asao, pero sin acreditar nada, todo porque yo lo digo. 

Yo he luchado desde el principio por ver los documentos de pago y las copias de los cheques con los que se pagaron las obras y lo que vimos fue lo siguiente:

Varios cheques con la palabra NULO, otro redactado a favor de Acacias I.
Se nos dice que eran errores. ¿Tantos?

Nos costó la piscina 43.688,92 euros y los cheques presentados suman 31.561 euros. Ninguno a nombre de ninguna empresa. Todos nominales a personas físicas, sin cruzar y de ventanilla. Faltan 12.127,92 euros por justificar a través de documentos de pago.

¿Dónde está este dinero? Como comencé a copiar numeración e importes quisieron quitármelos de las manos por la fuerza tirando de ellos, diciendo que tampoco me permitían tomar nota de nada.

Todo lo presentado, que era la mínima parte de lo pedido, consta en al acta notarial, claro, pero ¿cómo se atreve a decir este sujeto que se entregó todo? Pues con un par.

No presentaron permisos de obra del ayuntamiento, ni planos (solo el del váter que existía por mi denuncia), ni el extracto de nuestra cuenta del banco, ni proyecto técnico, ni memoria de materiales, ni el proyecto presentado a la comunidad para votación, ni las actas de las juntas, nada. Y se incrementó el gasto de la obra en más de 10.000 euros sin pedir permiso a la comunidad.

Aquí lo que hace falta es cambiar la administración y por supuesto hacer una auditoría.

A partir de aquí ¿que? Pues intento de acoso y derribo y además el grupito de gentecilla ciega, sorda, pero no muda, insultándome y diciendo que voy en contra de la comunidad. ¡Toma ya! ¿Y el resto de propietarios? pasando, ni van a las juntas, ni nada de nada. Como deben ser millonarios…  ¡que más les da! No quieren líos.
¡Que país el nuestro!

sábado, 29 de agosto de 2015

JUNTA X



Sigo narrando los desatinos de la lumbrera.

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra)

1:03:04-1:04:44
ABOGADO XXXXXXXX
…aquí para contarlo, vamos a ver, el Sr. xxxxxxxxxxxxx, del xxxxxxxxxx, (confunde el apellido) lo tengo atravesado, lleva veinte años ejerciendo como administrador de fincas. Antes de estar de estar en Benidorm estaba en xxxxxxx. Administraba según me contó xxxxxxx, unas ciento sesenta comunidades de menor tamaño de las que se tienen aquí en Benidorm. ¿De acuerdo? Actualmente gestiona treinta y tantas comunidades, con lo cual, se presupone que la antigüedad del desarrollo de su profesión y el número de comunidades que tiene aparte de que se han acreditado los diversos títulos que le facultan  y que (¿?). Se han aportado títulos en materia de contabilidad, en materia de… títulos otorgados por las asociaciones privadas de de administradores de fincas, etc. Se ha acreditado también la pertenencia a una asociación de administradores de fincas, bueno, está suficientemente acreditado porque no hay  un requisito de licenciatura para ejercer. No se está pidiendo que el administrador tenga que ser abogado, que ser veterinario, sino simplemente acredite solvencia, solvencia, capacidad. Bien, en relación con el tema de los motores, esta señora lo curioso es que impugna que dice que le provocan ruidos.

¿En su pueblo administraba ciento sesenta comunidades? ¿Para que emigrar? ¿Cómo es que dice la gente que era guardia jurado?

¿Gestiona treinta y tantas comunidades aquí?
Presuntamente y según me dicen solo tiene una empleada fija y algunas eventuales que aparecen ocasionalmente, sobre todo cuando vamos a tener junta en el sotanillo. ¿Cómo es eso? Esa empleada deber ser alguien increíblemente eficaz.

Los presupuestos que llevé de otras administraciones y que no se me permitió ni leer y explicar a los presentes, por cierto más baratos y asegurándome que se podían reducir nuestros gastos anuales alrededor de un 30 %, son administraciones muy prestigiosas en esta ciudad con oficinas amplísimas y con 7 y 8 empleados, salas de juntas espaciosas, con audiovisuales, butacas, dos accesos, luminosas, etc.

Habla de la antigüedad de su profesión, de los títulos otorgados por asociaciones privadas de administraciones de fincas, títulos en materia de contabilidad, pertenencia a una asociación de administradores de fincas, etc. etc.

Aclaremos: Una asociación de administradores de fincas privada tiene la misma base legal, oficial y jurídica que una asociación de amas de casa. No es lo mismo una asociación que un colegio oficial.
Tiene un cursillo de Gestor Inmobiliario y punto. El diploma lo tiene nada más entrar en la pared de la izquierda..
Dice no hace falta ser licenciado, etc. La gente comenta que no tiene ni el bachiller.

Solvencia dice, con el disparate de lo que está ocurriendo aquí, intentando aplastar y silenciar a una propietaria atacándola a las malas, con estrategias de acoso y derribo para poder seguir haciendo lo que hasta ahora: oscuridad en las cuentas, no presentación de todos los documentos bancarios de pago, cheques y transferencias, negar acceso visual a los asientos del banco, etc. O sea, lo que le da la gana. Apoyado y aplaudido por un grupito de ignorantes que desconozco los beneficios que pueden estar sacando de esta situación, aunque de algunos me los puedo imaginar. Con la finalidad de dejar ejemplo de que el que se mueva y reclame derechos y cumplimiento de leyes y estatutos en este edificio ya sabe lo que le espera: agresión física, denuncias falsas, insultos, excrementos en el buzón de correos, etc. etc.

Otro ejemplo de profesionalidad:
Han venido varios propietarios a pedirme los Estatutos de la comunidad diciéndome que en la administración les han indicado que no pueden dárselos porque tienen más de 100 hojas, pero que se los pueden bajar de Internet.
Los estatutos tiene exactamente SEIS HOJAS y las personas mayores no suelen tener Internet.

Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 13, punto 6, dice:

''El cargo de administrador en su caso, el de secretario y administrador podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones”.


Estatutos

Artículo 8º.- El conjunto inmobiliario nombrará Administrador Colegiado de Fincas Urbanas, que se encargará de la Administración del mismo, y que podrá ser o no dueño o inquilino de piso, apartamento, locales, etc. y llevará las cuentas de gastos e ingresos, rindiendo las mismas a la Junta General de Condueños, en los plazos y forma que dicha Junta determine. Las funciones serán las propias de todo Administrador de Fincas Urbanas.

A la vista de esto veremos lo que determinan los jueces

Los perjuicios de no tener un Administrador de Fincas ni cualificado, ni colegiado, son inmensos.

El Colegio Oficial de Administradores de Fincas tiene suscrita una Póliza de Responsabilidad Civil que responde del riesgo en las actuaciones profesionales de sus colegiados.
Asimismo tiene una Póliza de Seguro de Caución establecida por el Código Deontológico Europeo que garantiza la responsabilidad respecto a los fondos que maneja.
El Colegio ejerce de mediador en los problemas que puedan surgir, etc. etc. Con lo cual los propietarios se encuentran respaldados por una Corporación de Derecho Público, etc. etc.

jueves, 20 de agosto de 2015

JUNTA IX



Sigo con las perlas del individuo en cuestión:

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra)

Salta de repente diciendo que me jacto:

56:20-56:22
ABOGADO XXXXX
…es una persona que tanto se jacta de ser tan educada...

56:25-56:25
ARAMBURU
¿Yo me jacto? ¿Me jacto?

56:26-56:28
ABOGADO XXXXXXX
Si, se jacta, públicamente en su foro. ¡Por favor, manténgase en silencio hasta que se le dé la palabra Sra. Aramburu!

¿Que puedo contestar ante semejante mamarrachada? Y me manda callar, un personajillo al que por estar ahí hay que pagarle, que por lo tanto es mi empleado, que se hace dueño de la situación, que arenga a los presentes en mi contra para echar a mi acompañante y que comete todos los atropellos posibles hacia una propietaria en una junta de propietarios.

Parece ser que al que pagamos por administrar, presuntamente ya no puede ni llevar una junta ni hacer de secretario ya que se tiene que llevar al socio/amigo a manejarla. Pero eso si, a nuestra costa y con el beneplácito de la Presidenta que ni sabe ni contesta pero firma todo lo que le ponen delante y obedece lo que le manden.

Y dice que me jacto en mi foro. ¿Miente o no sabe ni de lo que habla? YO NO TENGO NINGÚN FORO. ESTO NO ES UN FORO. Ya me gustaría tenerlo, pero desgraciadamente ni mis conocimientos de informática ni mi tiempo me lo permiten. Solo manejo este blog que es gratuito de Google y donde te dicen como hacerlo paso a paso.

Y a continuación echa el discurso de los desatinos

58:04-1:00:07
ABOGADO XXXXXXX
Así mismo otra de las cuestiones es la falta de un defecto formal por parte del abogado de la Sra. Aramburu en el modo de proponer la demanda. Les indico un par de pinceladas. Esta es una cuestión muy técnica. La ley de Propiedad Horizontal y la Ley de enjuiciamiento civil… que este disconforme con acuerdos por para que presente la impugnación. En todo momento en la demanda, con argumentos legales de enjuiciamiento civil, ley de no sé qué, lo que viene a decir es que impugna los acuerdos de la junta del 8 de Abril de 2014. Si bien parece ser que su letrado no estaba solo contento con ello sino que además viene a pedir otras cosas que son lo que se denominan obligaciones (¿?) y esto es lo que les pide que cumplan con cambiar el motor, dice que tiene que afrentar el modo en que se aportan las representaciones, le pide que incorporen una serie de punto en el orden del día. Son acciones que pese a que pueden coexistir se tiene que manifestar que se tienen que acumular y se tienen que acumular. Lo que no puedes decir es que todo sea rojo y durante la demanda y sobre todo cuando pides que si no me dan el rojo que quiero que también sea azul. Estoy haciendo una reducción un tanto al absurdo pero es una forma bastante asequible para que Vds. lo entiendan. Es una cuestión, normalmente esto no se admite. El año pasado si que le obligó a rectificar lo de la demanda que eran erróneos. Vamos a ver si esta ocasión también nos lo da, porque eso genera un desamparo a la comunidad, la cual no solo tiene que defender una supuesta impugnación de un acuerdo, sino que además se le está pidiendo que haga algo que previamente, jurídicamente no está pedido al (¿?) Bueno, como les he dicho eran cinco. En primer lugar impugnaba, esto sí es una impugnación a toda regla, el nombramiento del cargo de secretario administrador. Elude a dos motivos, por primera parte en cumplimiento del artículo ocho de sus Estatutos y por otra parte alude a una supuesta falta de profesionalidad del Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. En cuanto a la falta de colegiación es cierto que el artículo ocho de los estatutos que Vds. tienen, estos estatutos son del año 75. En esa fecha desde al año 68 era obligatorio que el cargo de secretario de administradores lo desarrollasen personas que estuviesen colegiadas. La ley en el año 68 decía, para ser administrador tiene que ser colegiado. ¿Qué es lo que hacen los estatutos? Reproducir una exigencia legal. Pero desde el año 75 hasta la actualidad las leyes han cambiado, sobre todo en los últimos años.

Y toda esta verborrea, encantado de escucharse, en un sótano infecto sin habilitar y sin permisos, terreno propio, y a mi, sin dejarme abrir la boca por la fuerza del acoso.

En primer lugar se pone a criticar a mis abogados. Muy profesional. Un compañerismo impecable, sobre todo por hacerlo sin estar estos presentes.

Luego dice, que aunque el administrador no está colegiado, como la ley cambió, nuestros estatutos ya no valen. En otros momentos, como explicaré, resulta que considera que a veces si que valen. O sea que según le venga bien, valen o no valen. ¿No se sabe la ley? ¿Tampoco los estatutos? ¿No los entiende?

Sigue insistiendo en que los motores del agua están en perfecto estado.

Pues parece ser que la policía no está de acuerdo, claro que pueden decir que estos dos motores se estropearon el día anterior a la inspección. Pero hoy día 19 Agosto 2015 ha ocurrido un milagro que ya contaré.

En este enlace se describen los beneficios y garantías de tener un administrador de fincas colegiado, que no tenemos y que deberíamos tener.


Y esto lo veremos en el juicio próximo y nos ceñiremos a lo que digan los jueces. Tenemos las diligencias previas en Septiembre. Veremos que martingalas aparecen.

miércoles, 12 de agosto de 2015

JUNTA VIII – LOS MOTORES DEL AGUA



Tal como describo en el post anterior el individuo en cuestión dice:

44:22-49:21
ABOGADO XXXXX

Ella pide que se sustituya la bomba de agua o que se insonorice el cuarto de motobombas y que Vds. en la junta no lo adoptaron……..

……..Una de las primeras cuestiones que se pusieron encima de la mesa fue el pedir a la empresa mantenedora del equipo de presión de motores Don Mxxxxxxxxx Fxxxxxxxx, se les solicitó un informe. Esos técnicos vienen a la comunidad, revisan el estado de los motores e informan que funcionan perfectamente…….

Esto que dice aquí lo han reflejado también en varias actas.

Ya expliqué la razón por la que en ese momento preferí llevar un técnico privado, etc. y cómo este sujeto parlante me acusó de tener la intención de trampear los resultados.

La policía vino a mi requerimiento el día 22 de Julio a las 10,30 noche y aquí está el resultado:


Está claro que 2 motores están averiados y que el informe de la empresa mantenedora, el cual jamás mostraron, probablemente existe en su imaginación.

Estamos funcionando con dos motores en vez de cuatro como deberíamos. Si uno más se avería media torre se queda sin suministro de agua.

Repito: No hay un motor averiado, sino dos. Y no solo eso, sino que hay más irregularidades en el cuarto de las bombas de agua.

Que las haré saber cuando se realicen las inspecciones correspondientes.

Esta clase de gente con estas prácticas torticeras es la que administra nuestro edificio o sea nuestro dinero, al que pagamos una barbaridad, y al que el grupito que se denomina a si mismo “la comunidad” y que se ha apoderado del edificio, aplaude con las orejas. Creen a pies juntillas todos los desatinos que les echan, no se informan, no se enteran, no ven que les engañan, ni se dan cuenta de que hay maneras de actuar que son una burla, un desprecio hacia todos los propietarios y una indecencia. Tampoco ven que estas cosas tienen repercusiones porque aquí no todos somos imbéciles.



martes, 4 de agosto de 2015

SENTENCIA JUICIO FALTAS HIJO EXPRESIDENTA



Por esta vez se ha librado por la campana.

Por la reforma de la Ley Orgánica 1795 de 30 de Marzo del 2015 las Injurias y Vejaciones han quedado despenalizadas por considerarse leves. Razón por lo cual ha sido absuelto.

O sea que a partir de ahora ya no existen ciertas FALTAS, ya que a fin de reducir el número de asuntos menores que, en gran parte, dice la ley, pueden encontrar respuesta a través del sistema de sanciones administrativas y civiles se han suprimido.

Por lo tanto las denuncias a este respecto a partir de ahora tienen que ser por vía civil.

Aquí está la sentencia que habla de amenazas cuando yo no le denuncié por eso. Mi denuncia fue POR INSULTOS Y VEJACIONES por:

·        por insultarme en las juntas.
·        echar en mi buzón escritos firmados con su pseudónimo,
·        dibujos pornográficos,
·        una baraja pornográfica,
·        un sobre con excrementos
·        una pintada pornográfica en la puerta, etc.
·        todo esto en mi buzón de correos


Espero que de todas maneras habrá aprendido que no se debe faltar el respeto de las personas, sobre todo si son mujeres y además mayores. Si tiene algo que decir que venga y hable cara a cara, que esas conductas son propias de niños, personas inmaduras o bien deficientes y no son propias de un hombre.

En el juicio negó los hechos pero tuvo la desfachatez y estupidez de decir que yo ponía verde a su madre, con lo cual estaba admitiendo motivación. También debería aprender a no mentir. Yo no pongo verde a nadie, ni he insultado a su madre jamás, solo digo que está enferma y no ligeramente, es importante lo que le pasa y vuelvo a repetir, una persona en esa circunstancia debe estar en su casa descansando y no manejando dinero y propiedades de los demás y tendría que estar llevando una vida relajada acorde a su estado, siguiendo las directrices de sus médicos.

La juez me recomendó poner otra denuncia por los insultos en la última junta, que tengo grabados, ya que ocurrieron posteriormente a esta denuncia.

Tengo solicitado el video del juicio y pensaré que postura y decisión adoptar.


miércoles, 29 de julio de 2015

JUNTA VII



JUNTA VII

Hay personas de corta inteligencia y mala índole que en su fantasía creen que con el trile, la mentira, la trampa y el engaño pueden derribar a cualquiera y alcanzar cualquier objetivo. Ningún fracaso les hace cambiar de opinión.

Sin señalar a ninguna persona que cuadre con esta descripción, sigo con la exposición de los hechos, dichos e intervenciones de ciertos personajes.

El abogadillo este perenne que plantaron para dirigir la junta, desconozco en que facultad hizo la carrera de derecho, ni cual su código deontológico, ni cuál es su sentido ético, ni su amor a la justicia, a la ley y a la verdad,  pero eso sí, realizó una actuación memorable para integrarla en los anales de las juntas de este edificio e incluirla como ejemplo eminente de un hacer magistral perfecto y creo merecería ser incluida en alguna de las asignaturas de la carrera de derecho.

En principio arengó a los presentes para echar a mi acompañante y no paró hasta que lo consiguió, no me permitió hablar ni hacer réplica de ninguno de los disparates que allí se dijeron e instigó a que no se me permitiera integrarme como vocal en la comisión de la junta. De la misma manera se rechazaron todos mis puntos del orden del día.

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra)

Primera perla

16:02- 16:30
ABOGADO XXXXXX
En principio salvo autorización de la propia comunidad, para los propietarios o para aquellos que les representen, dado que no nos consta que la acompañante de la Sra. Aramburu comparezca en la calidad de propietario que creo que no lo es, ni representando a ningún propietario, Vds. son libres si deciden si su comparecencia finaliza en este momento o si continúa. (Arenga a los presentes para que echen de la reunión a la acompañante de Aramburu)

Y sigue insistiendo:

19:58
ABOGADO XXXXXX
No me consta que la acompañante de la Sra. Aramburu, en el concepto que venga efectuándose ese acompañamiento, sea ni propietaria ni representada (¿?) pero no en esta junta. Por lo tanto Vds. son soberanos de decidir si permiten que esta Sra. comparezca en esta junta o por el contrario le inviten a que abandone la sala…

Esto sin venir a cuento. Ahí se armó un gran alboroto y griterío de todos los asistentes, 26 propietarios con sus acompañantes, que no pararon hasta echar a la mía.

Seguimos:

22:40-23:40
ABOGADO XXXXXX
… lamentablemente pese a que todos Vds. manifiesten su disconformidad con que ella este, a título privativo, este a título particular procediendo a la grabación del sonido de esta junta, ninguno puede obligarle a que proceda a retirar ese instrumento o proceda a pararlo, con lo cual, pues bueno, se reflejará la oposición de la mayoría de los presentes salvo la propia Sra. Aramburu, con las correspondientes manifestaciones que en esta junta se hagan, se la percibe que son con carácter privativo y que no se permite su difusión en virtud de las distintas disposiciones legales (¿?), circunstancia esta que se la salta a la torera, dado que todo lo que se habla en la comunidad y todo lo que se hace en la comunidad, como ya sabrán Vds. acaba expuesto en el blog.

Dice que nadie puede obligarme a retirar el aparato, ¿qué aparato? ¿Dónde estaba el aparato? A la vista no había ninguno. ¿Si lo hubiera habido? ¿No hubieran pretendido quitármelo por la fuerza? Por menos se atrevió a levantarse de su asiento con la actitud amenazadora de agredirme el hijo de la presidenta perpetua y además se atrevió a insultarme.

¿Disposiciones legales? Ya me han puesto varias denuncias por el contenido del blog y no ha prosperado ninguna. ¿Qué quieren? ¿Cometer atropellos e ilegalidades y que no se entere nadie? ¡Qué bien!

En otro momento salta el tema de mi demanda de mi impugnación de la junta 2014 y dijo dentro de una verborrea extensísima los siguientes fragmentos de los puntos por los que he denunciado:

44:22-49:21
ABOGADO XXXXX

Ella pide que se sustituya la bomba de agua o que se insonorice el cuarto de motobombas y que Vds. en la junta no lo adoptaron……..

……..Una de las primeras cuestiones que se pusieron encima de la mesa fue el pedir a la empresa mantenedora del equipo de presión de motores Don Mxxxxxxxxx Fxxxxxxxx, se les solicitó un informe. Esos técnicos vienen a la comunidad, revisan el estado de los motores e informan que funcionan perfectamente…….

……se solicitó que por parte de la policía se emitiera un informe……

…….lo que consta por los agentes  que intervinieron, es que no estando presente la Sra. Aramburu y habiéndose solicitado por el administrador el teléfono de la misma se ponen en contacto con ella, se niega accedan a su vivienda para las mediciones sonoras e informando que sería ella la que contrataría  con carácter privado una prueba, un informe técnico, contrataría un perito, algún experto de parte……

…….Es lo que le interesaría entiendo yo a ella. Su propio profesional para que acreditara la existencia de esos ruidos. Bien, está claro entonces que no hay un problema de mantenimiento, las bombas funcionan, hasta el día de hoy se sigue sin saber si hay ruido o no…...

El informe de la empresa mantenedora no se ha mostrado en ningún momento, ni mis abogados lo han visto, ni yo tampoco.

Está diciendo que me he inventado el ruido. En el 2012 uno de los motores empezó a emitir un ruido con un pitido agudo terrible. Tuvimos reunión el administrador, el abogadillo de siempre, su arquitecto técnico, mi abogado, mi arquitecto y yo. Allí se demostró y se admitió que el ruido era insoportable y que no podía aguantar ningún ser humano semejante estridencia. Acordaron cambiar el motor inmediatamente.

A los dos días se desdijeron. No hubo cambio de motor y lo que hicieron fue desconectarlo, aunque lo disparaban de vez en cuando para mantenimiento.

Yo contraté un técnico para medición del ruido y poner la denuncia correspondiente. El portero no me dejó pasar al cuarto de motores por orden del administrador. Mi abogado requirió cita notarialmente para ir a medir, por el derecho que tengo como propietaria a entrar en todas las estancias del edificio, y hasta hoy.

El administrador, sin pedirme permiso llamó a la policía para que vinieran a medir el ruido. Yo tenía contratado un técnico y voy a explicar por qué.

El abogadillo éste me está acusando de preferir que la medición me la hiciese mi propio profesional para así acreditar que hay ruido aunque no lo hubiere. O sea falsificar el informe. Debe pensar que somos todos como él, el paradigma de la honradez.

El problema del motor está ligado al del váter a 10 metros de mi cocina. La persona que hizo el proyecto del váter, posteriormente a mi denuncia, fue una persona con relación con el administrador, que tiene una empresa de arquitectura y que casualmente y paralelamente tenía un cargo político importante en el ayuntamiento. También era uno de los que tenían que aprobar el proyecto y no solo esto, sino que además por su cargo tenía muchísima influencia en la policía local. Yo no puedo acusar a nadie con la desfachatez que me han acusado a mí de querer  alterar un informe para mi beneficio, pero por prudencia y dado el interés que tenía el administrador para que la medición la hiciese la policía, sabiendo que ese motor está averiado, pensé que más valía prevenir que lamentar y por eso quise contratar otro profesional. Lo del váter lo contaré en otro post, ya que también traje un arquitecto para revisar la obra.

En cuanto cambió el equipo de gobierno después de las elecciones y esta persona desapareció del ayuntamiento, llamé a la policía para que vinieran a comprobar el ruido y el funcionamiento de los cuatro motores que son los que tenemos que tener trabajando. Dos impulsan el agua del piso 1 al 15 y los otros dos del 16 al 22.
Vinieron la semana pasada.  Todavía no tengo el informe.

miércoles, 22 de julio de 2015

ANALFABETISMO FUNCIONAL


Se denomina analfabetismo funcional a la incapacidad de un individuo para utilizar su capacidad de lectura, escritura y cálculo de forma eficiente en las situaciones habituales de la vida. Se diferencia del analfabetismo en sentido estricto en que éste supone la incapacidad absoluta de leer o escribir frases sencillas en cualquier idioma.


Una persona analfabeta no sabe leer ni escribir. Un analfabeto funcional, en cambio, lo puede hacer hasta un cierto punto (leer y escribir textos en su lenguaje nativo), con un grado variable de corrección y estilo. Un adulto que sea analfabeto funcional no sabrá resolver de una manera adecuada tareas necesarias en la vida cotidiana como por ejemplo rellenar una solicitud para un puesto de trabajo, entender un contrato, seguir unas instrucciones escritas, leer un artículo en un diario, interpretar las señales de tráfico, consultar un diccionario o entender un folleto con los horarios del autobús.


El analfabetismo funcional también limita seriamente la interacción de la persona con las tecnologías de la información y la comunicación, puesto que tiene dificultades para usar un ordenador personal, trabajar con un procesador de texto o con una hoja de cálculo y utilizar un navegador web o un teléfono móvil de manera eficiente.

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En estos mares procelosos nos movemos, con multitudes de personas así, junto con gentuza de bajo contenido moral y ético, sin escrúpulos, que saben manejar expertamente a esta clase de desgraciados con el único propósito de esquilmarlos.



sábado, 18 de julio de 2015

JUNTA VI



Sigo narrando el papelón de la presidenta actual que renovó el puesto tan oreada y tan contenta de si misma.

Hay personas que se creen que estos puestos en los edificios son equivalentes a un cargo público y que ascienden en la escala social. A partir de entonces cambian de manera de vestir, se ponen más perifollos, se alhajan más, etc. esto sobre todo si son de poca ilustración y si se han ganado la vida con tareas humildes y poco consideradas. Sencillamente patético.

La primera intervención de esta pseudo presidenta la narré en al post anterior. Ahora la segunda:

(Lo escrito en bastardilla es lo que se dijo al pie de la letra en la junta)

En el minuto 25 de la reunión sale a colación que añadieron, sin mi permiso y sin venir a colación, un apartado más a mis puntos del orden del día para ser leídos en la junta y que yo envié certificados notarialmente. Lo hicieron obviamente con intención maliciosa y torticera. Y digo:

25:45-26:01
ARAMBURU
Pero no por mí. Ese punto no lo he puesto yo. Me lo han añadido. Ya, pero yo lo digo más claramente, no blablabla. Si me lo permite, bueno… Ese punto no lo he puesto yo. Me lo ha puesto la presidenta sin mi permiso.

26:02-03
PRESIDENTA
¿Estabas tú delante cuando yo lo añadí?

26:03-26:04
ARAMBURU
¡Lo has firmado!

26:04-05
PRESIDENTA
¡Calla un poco!  ¡Anda deja!

26:05-26:05
ARAMBURU
¡Lo has firmado!

26:05-26:06
PRESIDENTA
¡Anda cállate!

Ahí se acaba la intervención de esta mujer en toda la reunión que duró 3 horas y 34 minutos. No se la volvió a oír.

No entiende que si firma algo se hace responsable de lo que el documento refleja. Piensa que si no se lo han visto firmar no se puedo decir que ha sido ella. El colmo de la ignorancia.

Esta mujer llegó a este edificio hace casi 30 años. Ella era mujer de la limpieza y su marido camarero de profesión. Se le contrató como portero y en ese puesto estuvo hasta que murió. Yo compré este apartamento, tal como está, hará ya casi 19 años. La vivienda de ellos pared con pared conmigo. Mantuvieron amistad con la persona que me lo vendió que vivió aquí con su mujer y sus tres hijos. Ella entró en múltiples ocasiones en el domicilio de esta persona.  Para asombro de Tirios y Troyanos hace unos meses me denunció como presidenta y en nombre de la comunidad al ayuntamiento, diciendo que yo había comprado un local comercial y que lo había transformado en apartamento modificando la fachada, etc. etc. No solo eso, sino que lo publicó en el portal de entrada del edificio.

¿Que recompensas estará obteniendo?

Otra que hizo: en el juicio que mantuve por agresión contra la presidenta perpetua anterior y que fue condenada, ella estaba citada como testigo Y NO SE PRESENTÓ.

Otra más: en el juicio por la impugnación de la junta del 2013, volvió a repetir mintiendo que yo había transformado un local en apartamento, asunto que no venía a cuento y mintió diciendo que ella había formado parte, junto con la expresidenta y la exvicepresidenta de la confección de los presupuestos para el año siguiente. En aquel entonces ella era vocal, como yo y como otro propietario. Esa reunión jamás se realizó y no constaba en el acta tampoco. ¿Que entienden estas tres mujeres de presupuestos? Una que presuntamente es analfabeta, la otra como mucho dos reglas y leer de aquella manera y encima enferma y la otra ídem de lienzo. Así se funciona aquí.

Y como estas las que quieran.

Este grupo de personas que y que yo llamo la camarilla, no representan a ninguna comunidad, como ellos alardean, se representan a ellos mismos. Hipotéticamente hablando algunos dentro de este grupo quizás se hayan aprovechado durante años económicamente o materialmente de la comunidad ¿pero los otros? Son tan torpes que ahora están muy preocupados de que no se bañe nadie ajeno en nuestra piscina o no aparquen extraños en nuestro parking, pero no les importa lo que vengo repitiendo y repitiendo, que ha habido y hay oscurantismo en las cuentas, que no se presentaron todos los documentos de pago cubriendo la obra de la piscina, que no se me permitió acceso visual a la cuenta del banco, que se pagaron más de un millón de pesetas en fotocopias, que los presupuestos son siempre muy elevados, que no tenemos administrador de fincas titulado ni colegiado, que eso nos trae perjuicios múltiples, etc. etc. o sea que estamos tirando dinero a chorros.

Y que es lo más trágico y penoso: pues que por su aspecto y su lenguaje presuntamente son personas con un poder adquisitivo muy, pero muy bajo. Pero bueno, el que está ciego es que no puede ver, para provecho de los tuertos.

Y lo más ridículo y grotesco: pues que están haciendo discriminación al revés. Yo soy la mala que me creo muy lista porque me entero y tengo estudios y ellos no, y esto para ellos es inadmisible. Nada, Camboya Land.